Fuero Maternal: Pre y Post Natal

Las Trabajadores de Casa Particular gozan de Fuero Maternal al igual que cualquier otra trabajadora, establecido en la Ley N° 19.591 publicada en el Diario Oficial del 9 de noviembre de 1998.

En efecto, la Dirección del Trabajo ha dictaminado que en el evento de ser despedidas durante este período, deben ser reintegradas por los inspectores del trabajo, eso sí que no existe obligación para el empleador(a) de recibirlas con el recién nacido.