Remuneraciones

La remuneración es el pago que realiza el empleador(a) a su trabajador(a) por los servicios prestados en el hogar. Su característica fundamental es que se paga en dinero y en períodos iguales determinado en el contrato de trabajo, el cual es, por regla general, cada 30 días como máximo y dicho pago responde a una prestación de servicios ejecutados por el trabajador(a).

La remuneración de un trabajador de casa particular(TCP) se fija según las siguientes reglas:

a)    De común acuerdo entre las partes. En la conversación para lograr acuerdo, el trabajador(a) debe argumentar señalando los sueldos usuales en ese momento en el mercado, en empleos similares.

b)    El monto mínimo que puede recibir un TCP equivale al 100% del sueldo mínimo establecido por ley.

c)    Para los TCP que viven en la casa del empleador(a), es decir, puertas adentro, la remuneración comprende, además del pago en dinero efectivo, los alimentos y la habitación.
Las prestaciones de casa habitación y alimentación no serán imponibles para efectos previsionales.

d)    Para los trabajadores que no viven en la casa del empleador(a) y se desempeñen en jornada parcial o presten servicios sólo algunos días a la semana, la remuneración mínima será equivalente al 100% del ingreso mínimo, calculada de acuerdo a la proporción de días trabajados.

 

Comprobante de Liquidación de Sueldo

Junto con el pago de la remuneración, el empleador(a) debe entregar al trabajador(a) un comprobante o liquidación de sueldo, con indicación del monto pagado y de las deducciones efectuadas, el cual debe ser firmado por el trabajador(a) en señal de conformidad. Este comprobante deberá ser en duplicado quedando uno en poder del trabajador(a) y el otro del empleador(a)

Ver liquidación